Marcela Suárez: "No hay protocolos, ni comprensión o cariño a la víctima"
Víctima de abuso sexual a los 9 años por parte de Jorge Calderón, sacerdote de la Diócesis de Valparaíso que fue expulsado de la Iglesia Católica, reveló cómo ha sido este "largo y dificultoso" proceso.
El jueves de la semana pasada la Diócesis de Valparaíso anunció a través de un comunicado público que el presbítero Jorge Calderón Bustamante fue expulsado del estado clerical tras ser declarado culpable de abuso sexual, después de "un atento estudio de las actas de la causa" que se llevó en su contra.
La víctima del sacerdote, quien fue atacada cuando tenía 9 años de edad, declaró ese día a través de sus redes sociales que el proceso ha sido "muy largo y aún no termina, pero hoy día hay un comunicado del Obispado de Valparaíso donde se dice que Calderón fue declarado culpable desde Roma".
Hoy, más repuesta y recalcando que la investigación es un "derecho de las víctimas", Marcela Suárez, quien denunció al presbítero, quiso conversar con La Estrella de Valparaíso sobre el caso que cambió su vida hace más de cuarenta años. "Son procesos que no tienen trazabilidad y no tienen transparencia", subrayó.
"Esto se inicia por una denuncia, que yo la hago muy sutil para mí, con mi entorno, y eso recae a la Diócesis de Valparaíso. Ellos hacen la primera investigación que envían al Vaticano y desde allí dicen que el relato es verosímil, por lo que hay que hacer otra investigación más profunda que tiene que ver con la posibilidad de sentenciar. Con esa investigación yo tuve que pasar por dos pericias más y los testigos fueron nuevamente citados", contextualiza la mujer, quien comenzó la búsqueda de la verdad en el año 2019.
"De ahí", precisa Suárez, "se solicitan dos pericias más por parte de la Iglesia, quienes califican qué personas te van a periciar, es decir, no es con cualquier psicólogo o psiquiatra. Yo estuve llana, aunque fuese una revictimización".
Los resultados de aquellas últimas pericias, detalla, permitieron avanzar a la hoy conocida sentencia: Calderón fue expulsado.
Sin perjuicio de ello, devela que la contraparte tuvo acceso a esta decisión antes que ella y su abogado, cuestión que permitió que el sacerdote iniciara su apelación.
"Nos pide comprender los tiempos de Roma, cómo funciona Roma y la formalidad que tiene la Iglesia, pero no hay trazabilidad, no hay protocolos y tampoco hay comprensión o cariño a la víctima (…). En la actualidad, yo no sé cuándo voy a tener los resultados de esa apelación y es importante porque recién ahí el Juzgado del Crimen podrá avanzar en esto", comenta la víctima.
Juzgado del crimen
Cabe indicar que producto de que los hechos ocurrieron en la década de los 80', quien tomó el caso, fuera del carril canónico, fue el Juzgado del Crimen de Viña del Mar.
Pese aquello, es importante consignar que el caso -dado el transcurso de los años- está prescrito, sin perjuicio de ello, explica Suárez, el tribunal está hoy "a la espera de los últimos antecedentes del caso, ya que esto le permitiría cerrar el caso y yo no aspiro a nada más que eso. Con ello se podría avanzar al Juzgado Civil y con ello poder optar a una reparación, y ahí está lo importante, que es lo que necesitamos las víctimas".
Prescripción
Ahondando en el rol del Juzgado del Crimen y su funcionamiento, como también en el concepto de prescriptibilidad, la abogada María Lorena Rossel, doctora en Derecho de la Universidad de Valparaíso, máster en Derechos Fundamentales por la Universidad Carlos III de Madrid y académica investigadora de la Universidad de Las Américas, sede Viña del Mar, explicó, en primer lugar, que "hay que entender que en el transcurso del procedimiento se puede determinar que si bien es cierto que existieron hechos constitutivos de delito y hay un responsable, eventualmente se podría declarar que estos hechos están prescritos de acuerdo a la justicia penal".
Esto porque "la nueva ley de la prescriptibilidad establece que los delitos cometidos en contra de menores, y delitos graves que son de abuso o de violación incluso, no prescriben y por lo tanto, se deben investigar y no pueden someterse al estatuto de la prescripción (…), pero esa ley califica desde su entrada en vigencia y eso fue el año 2019, por lo tanto se entiende que todos los delitos cometidos con posterioridad al 2019 no prescriben, pero de ahí en adelante".
Y entonces, ¿por qué investigó el Juzgado del Crimen?
"Porque en la década de los '80, que es cuando ocurrieron estos hechos, la Justicia que existía eran los Juzgados del Crimen, donde investigaba un juez y además acusaba y luego sentenciaba, es decir, no había un ente persecutor del crimen como existe hoy en día con el Ministerio Publico, entonces cuando se cambió el procedimiento a un procedimiento oral, se determinó que todos los delitos acontecidos con anterioridad a la fecha de la instalación del nuevo procedimiento penal debían ser revisados de acuerdo al procedimiento penal antiguo, es decir, al Juzgado del Crimen", respondió la experta.
Paralelamente a esto, agregó que "hay una investigación que corre por cuerda del derecho canónico y en definitiva establece sanciones, tanto penales como administrativas, para todos aquellos que incumplen las normas del derecho canónico y tienen sanciones que se asocian a lo religioso y a la iglesia".