Corte Suprema mantiene la condena de seis años para Eduardo Macaya
El máximo tribunal rechazó el recurso de nulidad presentado por la defensa del empresario, quien deberá cumplir la pena por abuso reiterado de menores.
Matías Gatica Lindsay
La Corte Suprema rechazó ayer un recurso de nulidad que presentó la defensa de Eduardo Macaya, con lo que ratificó la condena de 6 años en su contra tras ser sentenciado por delitos reiterados de abuso sexual en contra de menores de edad.
El 19 de julio el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Fernando condenó al empresario vitivinícola por la agresión a dos niñas. Ante esta sentencia, los abogados defensores de Macaya presentaron un recurso de nulidad ante la Corte de Apelaciones de Rancagua para que se cancelara la condena y se iniciara un nuevo juicio.
De esta manera ayer la Segunda Sala de la Corte Suprema determinó rechazar la solicitud de la defensa y mantener la condena de seis años en contra del padre del senador UDI Javier Macaya, por lo que deberá cumplir la sentencia en su contra.
La decisión del tribunal fue unánime, pues votaron en contra del recurso los ministros Leopoldo Llanos, María Teresa Letelier, Dobra Lusic y las abogadas integrantes Leonor Etcheberry y Pía Tavolari.
"La magistratura se aboca a analizar los tres peritajes presentados por los acusadores y dos incorporados por la defensa, estos últimos como evaluaciones o metapericias a dos de los presentados como prueba de cargo. Y más precisamente, la interpelación que la judicatura habría efectuado a la defensa en que se apoya la causal de nulidad en examen, se trata de una de las múltiples consideraciones esgrimidas por el tribunal para restarle mérito probatorio a la metapericia", señaló la resolución.
A ello agregó que "el reproche en que se funda la causal de nulidad en examen, solo se dirige a atacar la última de las consideraciones esgrimidas por el tribunal para desechar las observaciones planteadas en la metapericia (...), Sin que el impugnante objete las demás motivaciones que el tribunal también esgrimió, dejando en evidencia la falta de sustancialidad de la infracción denunciada, amén que la misma no da cuenta que la magistratura haya invertido la carga de la prueba como se alega en el recurso".
Sobre la decisión, el defensor de la Niñez, Anuar Quesille, dijo que recibían con "satisfacción esta decisión por la cual estuvo involucrado un equipo de trabajo durante más de un año y medio por la defensa de las víctimas".
Por su parte la fiscal Javiera Oro explicó que con "este fallo queda ejecutoriado y el condenado tiene que empezar a cumplir la pena de seis años de privación de libertad".