En libertad exalumno de la UAI formalizado por violación
El Juzgado de Garantía de Limache no acogió la solicitud de la parte querellante, que pedía la cautelar más gravosa: prisión preventiva. Quedó con arraigo nacional.
Con la medida cautelar de arraigo nacional, firma mensual y la prohibición de acercarse a la víctima quedó un exestudiante de Ingeniería Civil Informática de la Universidad Adolfo Ibañez (UAI), acusado de violar a una estudiante de Derecho, de 22 años. Este ilícito habría ocurrido en el contexto de un paseo de alumnos de tercer año de esta última carrera de la misma casa de estudios.
De acuerdo a lo expuesto en una querella presentada, fue en medio de una fiesta desarrollada en el paseo que la afectada recibió la noticia de una calificación reprobatoria, motivo por el cual decidió marginarse del grupo en una sala apartada. Fue en este lugar que habría sido víctima de violación por parte del entonces estudiante de Ingeniería Civil Informática.
Un año después de presentada la correspondiente querella por lo sucedido, ayer en el Juzgado de Garantía de Limache se llevó a cabo la formalización del acusado, por el delito de violación.
Según se expuso en la audiencia, los hechos ocurrieron el 12 de julio de 2022, alrededor de la medianoche, en el interior de un domicilio de la comuna de Olmué. En ese contexto, señaló el fiscal Iván Morales, mientras el sujeto y la víctima estaban a solas en un dormitorio de la propiedad, "él la obligó por la fuerza a practicarle sexo oral, tomando a la víctima fuertemente del pelo (...)" .
Luego de cometido lo anterior, el acusado habría forcejeado con la víctima para obligarla a mantener relaciones sexuales no consentidas. Finalmente, esto último pudo ser detenido "debido a que una amiga de la víctima comenzó a llamarla, desistiendo el imputado de su actuar".
En la audiencia, la magistrada Paulina Martínez remarcó que lo que se tiene hasta el momento del caso son relatos de oídas y la querella, que fue presentada por el abogado de la víctima, pero no la declaración de la víctima que ratifique los hechos, al momento de argumentar la decisión de no acceder a la prisión preventiva.
"Se trata de un contenido sobre un hecho que no ha sido objeto de ningún tipo de examen ni ratificación de parte de la víctima, desde esa perspectiva, es imposible para el tribunal suponer que el relato establecido en la querella es un elemento contundente para acreditar cualquier hecho durante un juicio", indicó la magistrada.
Asimismo, la jueza añadió que "se entiende por el tribunal que, a lo menos el día de hoy, los antecedentes que existen en carpeta investigativa no son suficientes para poder decretar la medida cautelar que ha sido solicitada por la parte querellante (...) para ello se requieren antecedentes mucho más contundentes (...)".
La medida cautelar de arraigo nacional por la cual se inclinó la magistrada había sido solicitada por el Ministerio Público. Esta permitiría, sostuvo la jueza, asegurar los fines del procedimiento y garantizar la seguridad de la víctima. El plazo de investigación se fijó en 180 días.