Víctimas serán consideradas en solicitudes de libertad condicional
Desde la Cámara Alta dieron luz verde por unanimidad a esta iniciativa legal que establece mayores exigencias a los condenados para optar a este beneficio.
Guillermo Ávila Nieves - La Estrella de Valparaíso
"Este proyecto de ley contribuye al debate legislativo. Constituye un gran avance para así garantizar el acceso a la justicia y la protección de las víctimas". Así calificó la Fundación Amparo y Justicia una noticia que esperaban desde hace muchos años.
Y es que la votación en el Congreso fue contundente. Tras la aprobación unánime de los senadores presentes acerca del informe de la Comisión Mixta al proyecto que modifica diversos cuerpos legales y así establece exigencias para la obtención de la libertad condicional, la iniciativa ahora escaló alto: fue despachada por el Congreso y quedó en condiciones de ser remitida al Presidente de la República para su firma y promulgación como ley.
Se trata de una serie de medidas que tuvieron su origen en cinco mociones que fueron refundidas. Al detalle, uno de los tópicos apunta por mantener en cuatro bimestres el período de calificación de conducta del condenado para acceder al beneficio. Así se acordó establecer que el informe de postulación psicosocial será un antecedente calificado al momento de resolver la respectiva solicitud. No es todo: dicho informe deberá contener información sobre eventuales beneficios intrapenitenciarios que el postulante hubiese obtenido. Esto informando si éstos hubiesen sido revocados y las razones para ello.
Por otra parte, se estableció que los condenados a presidio perpetuo, a quienes se les haya negado la libertad condicional, no podrán postular nuevamente sino hasta la primera quincena de abril u octubre del año siguiente. Ello cuando la postulación rechazada se hubiere solicitado durante los meses de abril u octubre respectivamente (un año después).
También se acordó que los permisos de salida que beneficien a condenados a presidio perpetuo, serán autorizados por el juez de garantía de la comuna de asiento de la unidad penal respectiva. Dicha decisión se fundó en que el Ejecutivo anunció la pronta implementación de los tribunales de ejecución de pena, frente a lo cual se tomó el resguardo de establecer un artículo transitorio que dispone esa medida entrará a regir en un plazo de 18 meses contados desde la publicación de la ley.
A su vez, sobre los derechos de las víctimas, los permisos solicitados por condenados a presidio perpetuo deberán ser comunicados al tribunal a cargo de la ejecución de la pena, desde su postulación.
Opiniones
Por más de 25 años, Fundación Amparo y Justicia ha representado a familias que han perdido, ya sea un hijo o una hija, producto del delito de violación con homicidio. "Se las ha acompañado en ese doloroso proceso de enfrentarse a una posibilidad que quien ha sido condenado por la violación y el asesinato de sus hijos pueda acceder a la libertad condicional sin cumplir con los requisitos legales".
De allí que Héctor Arancibia, como abogado, sostuvo: "Hemos impulsado la modificación de la ley de Libertad Condicional que ayer (29 de agosto) fue aprobada en el Senado y que impone mayores exigencias para la concesión de este beneficio, en el caso de delitos graves, además de regular la participación de las víctimas en el proceso del otorgamiento de beneficios", acotó.
A su vez, este proyecto de ley, según el abogado de Fundación Amparo y Justicia, "establece mejores y más claros estándares para calificar los antecedentes de los postulantes. También garantiza de forma inédita la participación de las víctimas como ocurre en otros países, tales como Canadá, Inglaterra y España", puntualizó.
Uno de los puntos relevantes de este proyecto, a criterio de Arancibia, es que queda determinado "que frente a los condenados por delitos graves, una vez que les fue rechazado el beneficio, existirá en lo sucesivo la imposibilidad para que estos vuelvan a poder postular hasta el plazo de un año, y no cada seis meses como ocurre a hoy, evitando que las familias sufran cada semestre con la posibilidad que el condenado por el delito del cual sufrieron pueda acceder al medio libre".
Una de las últimas personas que compartió y vio al profesor Nibaldo Villegas con vida antes de su bullado homicidio en 2018, fue su hermano, Edson Villegas. Sobre mayores requisitos para la libertad condicional, comentó: "Si los condenados optan a algún beneficio, que este sea en conocimiento de las víctimas. Siempre hemos dicho que en estos crímenes horrendos, al final, hay dos tipos de víctimas: la que sufre el ataque y la familia que queda con ese dolor para siempre".
Para Edson Villegas, cuando las penas son máximas de cadena perpetua, "debiesen ser el equivalente. Que estén condenados a presidio perpetuo se contradice en el tratar el tema de libertad condicional. No me parece, solamente si es perpetuo eso debería cumplirse. Esos reclusos no debieran tener opción ni postular a eso", dijo.