Obras en Borinquén seguirán paralizadas
Medio Ambiente pidió una prórroga a la Suprema para pronunciares sobre la solicitud de declaratoria de humedal urbano hecha por el municipio para este sector, donde es espera construir 292 viviendas.
Mirian Mondaca - La Estrella de Valparaíso
En suspenso aún se encuentra el destino del Condominio Borinquén, un Proyecto de Integración Social y Territorial que considera la construcción de cerca de 292 viviendas en el sector de Agua Santa, en Viña del Mar. Y es que tras una serie de instancias desarrolladas en tribunales, luego de que la alcaldía presentara un recurso de protección en la Corte de Apelaciones de Valparaíso para paralizar las obras hasta obtener la aprobación del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, la iniciativa sigue en veremos.
Por otra parte, durante estos días se estaba a la espera de que la Subsecretaría del Medio Ambiente y la Seremi de Medio Ambiente dieran cuenta del estado actual de tramitación de la solicitud hecha por la municipalidad de Viña del Mar para que reconociera el Humedal Urbano Borinquén, la que fue presentada en 2022.
No obstante, La Estrella pudo conocer que se solicitó una prórroga al plazo dado por la Corte Suprema para este efecto y que vencía la reciente semana.
La petición de aquella prórroga fue confirmada desde Comunicaciones de la Seremi de Medio Ambiente. No obstante, si bien se solicitó un pronunciamiento sobre los motivos para solicitar aquella prórroga, hasta el cierre de esta edición no fue posible obtener una respuesta.
Intervención
Consultados sobre las motivaciones para hacer la solicitud de reconocimiento del Humedal Urbano Borinquén y de paralización de las obras del condominio social, desde el municipio indicaron que la construcción del proyecto implicó el movimiento de tierras en la quebrada Borinquén, "interviniendo el eje de la quebrada y, particularmente, un curso de agua, con el consecuente sepultamiento de vegetación hidrófita y nativa, que dan forma a un humedal urbano conforme a lo establecido en la Ley de Humedales Urbanos Nº 21.202 y su reglamento".
Asimismo, recordaron que -de acuerdo a lo establecido en el Reglamento (DS 15/2929 del MMA) y en la Guía Metodológica de Delimitación de Humedales del ministerio del Medio Ambiente publicada en abril de 2022-, para que el polígono de un humedal urbano sea declarado como tal debe cumplir con al menos uno de los tres criterios señalados en el artículo 8 del Reglamento: presencia de vegetación hidrófita; presencia de suelos hídricos con mal drenaje o sin drenaje; y un régimen hidrológico de saturación ya sea permanente o temporal que genera condiciones de inundación periódica.
Adicionalmente a ello, luego de diversos pronunciamientos del Tribunal Ambiental, el ministerio del Medio Ambiente exige que en cada uno de los vértices presentados en el polígono cuenten con la presencia de uno de los 3 criterios.
No obstante lo anterior, desde el municipio recordaron que "los proyectos que afecten humedales urbanos (...) deben someterse a una Evaluación de Impacto Ambiental, aún cuando no haya mediado una declaración de Humedal Urbano".