De constituciones, redactores y plebiscitos
En nuestra historia hemos tenido diversas cartas magnas, cuyos autores han sido designados por los gobernantes de turno. Ahora estamos frente a una nueva realidad, con constituyentes elegidos por primera vez por la ciudadanía.
Juan Guillermo Prado O.
En unos días más, si la pandemia lo permite, tendremos elección de constituyentes para redactar una nueva Carta Fundamental. Nos han regido diversas constituciones pero jamás sus redactores han sido elegidos por votación universal. Generalmente, han surgido de decisiones del gobernante de turno.
Así ocurrió con el Reglamento Constitucional Provisorio de 1812, considerado como la primera Constitución. Gobernaba en la época José Miguel Carrera, quien en su diario escribió: "Los patriotas se reunieron en casa del cónsul Poinsett… Todo ello daría por resultado la elaboración definitiva del proyecto. Después de algunas noches que nos reunimos presentamos la Constitución provisoria que debía darse al gobierno".
Colaboró en la redacción de este texto el abogado boliviano Jaime Zudáñez.
El Primer Plebiscito
Para ratificar este Reglamento Constitucional, Carrera determinó que los electores lo aprobaran en un plebiscito. Para ello se abrió un libro por tres días entre el 27 y 30 de octubre. Los firmantes fueron 315, todos pobladores de Santiago. Algunos importantes patriotas se negaron a firmarlo, como Manuel de Salas y Agustín Vial.
Pero, los patriotas fueron derrotados en Rancagua en 1814 y solo volvieron con el Ejército de Los Andes en 1817. Siendo Director Supremo Bernardo O'Higgins, en 1818, nombró una Comisión Constituyente de siete personas. Entre ellos estuvieron: Manuel de Salas, Francisco Antonio Pérez, Joaquín Gandarillas y el obispo José Ignacio Cienfuegos. Fue una Constitución con principios avanzados para su época: "El gobierno tiene la obligación de aliviar la miseria de los desgraciados y proporcionales los caminos de la felicidad y prosperidad".
Fue aprobada por un plebiscito al que acudieron pobladores entre Copiapó y Cauquenes, ya que el sur del país estaba en poder de los españoles. Para ello los ciudadanos debían estampar en un libro de firmas su opción. Nadie se opuso pues el rechazo significaba que eran partidarios de la monarquía.
No más de tres meses tuvo como vigencia la Constitución de 1822 promulgada por Bernardo O'Higgins el 30 de octubre de ese año. El Libertador abdicó el 28 de enero de 1823 y al día siguiente los nuevos gobernantes dieron a conocer un Reglamento Orgánico Constitucional que la reemplazó.
El 29 de diciembre de 1823, una Asamblea Constituyente aprobó la Constitución Política que ha sido denominada "Constitución moralista". Fue redactada por el jurista Juan Egaña Risco, originario de Lima, quien en el texto trató de imponer sus concepciones religiosas y éticas.
Fue impracticable y en 1825 Ramón Freire promulgó una ley que señaló: "Declárase insubsistente en todas sus partes la Constitución dada por el Congreso Constituyente de 1823".
Un Intento FederalIsta
No estaba claro el rumbo político que adoptaría el país. En 1826 se decretó que el país se dividiría en ocho provincias: Coquimbo, Aconcagua, Santiago, Colchagua, Maule, Concepción, Valdivia y Chiloé. Ese mismo año se promulgó una ley que dispuso: "La República de Chile se constituye por el sistema federal cuya Constitución se presentará a los pueblos para su aceptación". Sin embargo, en 1827 se presentó en el Parlamento un proyecto de Constitución Federal que no fue aprobado.
Al año siguiente se aprobó un nuevo texto constitucional que inicialmente fue redactado por Melchor de Santiago Concha, diputado por Los Andes. Este fue revisado por el literato y académico español José Joaquín de Mora.
Esta Constitución fue promulgada en Valparaíso el 8 de agosto de 1828 por Francisco Antonio Pinto. Su vigencia fue corta, solo hasta 1833, pero fue la base de las constituciones posteriores. Para el abogado Fernando Campos Harriet, Premio Nacional de Historia 1988, esta Constitución "es una obra maestra en su época, en el aspecto legal y jurídico". En tanto, José Joaquín de Mora fue expulsado del país por sus ideas liberales, el año 1831.
En 1833 se aprobó una nueva Constitución Política, que en su texto original contempló 168 artículos permanentes y siete disposiciones transitorias. Entre sus redactores principales estuvieron los abogados Mariano Egaña, conservador, y Manuel José Gandarillas, liberal.
En el texto se dispuso que el Presidente de la República era elegido por cinco años, pudiendo ser reelegido por otros cinco. José Joaquín Prieto, Manuel Bulnes, Manuel Montt y Joaquín Pérez Mascayano gobernaron un decenio cada uno. Solo en 1870 se prohibió la reelección presidencial.
Esta Constitución tuvo una vigencia de 91 años, un hecho excepcional entre las constituciones de América Latina.
presidencialismo
La presidencia de Arturo Alessandri Palma, en septiembre de 1924, se vio presionada por los militares que pidieron al Mandatario que disolviera el Congreso Nacional. El Presidente decidió renunciar y se refugió en la Embajada de Estados Unidos. Sin embargo, esta no fue aceptada y en cambio se le dio licencia por seis meses para ausentarse del país.
A su regreso en 1925, uno de sus objetivos fue redactar una nueva Constitución que consagrara expresamente un régimen presidencial. Su principal redactor fue el ministro José Maza Fernández. Alessandri fue partidario de ratificar el proyecto de reforma constitucional por medio de un referéndum.
El plebiscito se efectuó el 30 de agosto de 1925 y en él dispuso que cada elector recibiría tres cédulas: roja, azul y blanca. La primera contenía la opción: "Acepto el proyecto de Constitución presentado por el Presidente de la República sin modificación"; la azul, "Acepto el proyecto de constitución, pero con régimen parlamentario y la consiguiente facultad de censurar ministerios y postergar la discusión y despacho de la ley de presupuestos y recursos del Estado"; y la blanca, "Rechazo de todo el proyecto".
Fue aprobado el texto propuesto a la ciudadanía. Sin embargo, del total de electores con derecho a sufragio (296.259) solo votaron 134.421 ciudadanos. El 94,84% de los votantes aprobó el nuevo texto constitucional. Allí se contemplaban nuevas garantías constitucionales, a la vez que consagraba derechos sociales. Igualmente, se estableció la separación de la Iglesia y el Estado. Se reforzó el régimen presidencial, se fortalecieron sus facultades colegisladoras y se puso término a las leyes periódicas, causantes de la guerra civil de 1891.
en los '80
En el transcurso del régimen militar, el 11 de septiembre de 1980 se realizó un plebiscito mediante el cual se aprobó la Constitución Política de 1980. Intervinieron en su redacción la Comisión de Estudios de la Nueva Constitución Política, presidida por el abogado Enrique Ortúzar, con la participación de juristas como Jaime Guzmán Errázuriz, Sergio Diez y Alejandro Silva Bascuñán.
Los medios de comunicación fueron copados la dictadura que llamaba a votar "Sí" en el Plebiscito. La oposición no tuvo los mismos medios.
Sin embargo, el 27 de agosto de 1980, se realizó en el Teatro Caupolicán de Santiago un multitudinario acto, que fue la primera manifestación opositora significativa durante el régimen militar. El principal orador de la jornada fue el ex Presidente Eduardo Frei Montalva, que hizo un llamado a votar "No". Los votos por la opción "Sí" (4.121.067) equivalieron al 65,71% de los sufragios. El nuevo texto fue promulgado el 21 de octubre de 1980. Aún no sabemos hasta cuándo estará vigente.
"La 'Constitución moralista' fue redactada por el jurista Juan Egaña Risco, originario de Lima, quien en el texto trató de imponer sus concepciones religiosas y éticas".