Joven no vidente pide a la justicia ser reconocido como vocal del mesa
Quillotano fue designado para el Plebiscito, pero le impidieron ejercer por su condición. Acusó discriminación y presentó un recurso ante la Corte.
Belén Velásquez N. - La Estrella de Valparaíso
Hasta la Corte de Apelaciones de Valparaíso llegó Guillermo Francisco Castro, el joven no vidente que para el día del plebiscito fue nombrado vocal de mesa en el Instituto Rafael Ariztía de Quillota, labor que finalmente no pudo ejercer de forma oficial debido a su condición de discapacidad, según le habría informado el delegado del local, Eric Pérez.
Por lo anterior es que Guillermo interpuso ante el tribunal de alzada un recurso de protección en contra de la Junta Electoral de Quillota "por el acto ilegal y arbitrario de desconocer mi calidad de vocal de mesa por mi condición de no vidente, vulnerando el artículo 19 N° 2 de la Constitución Política que asegura a toda persona la igualdad ante la ley", dice la acción judicial.
Como parte de los antecedentes del hecho, el recurso sostiene que la designación de Guillermo como vocal "me causó mucha sorpresa, pero a la vez mucha alegría y satisfacción. Como ciudadano me sentí integrado al saber que formaría parte de este importante proceso y además que la inclusión a las personas no videntes como yo estaba siendo real y efectiva en mi país", dice el relato.
Quería aportar
En el documento, el joven sostiene que llamó al Servicio Electoral "para saber si había un error. Me atendió un señor muy amable, el que al saber lo que me estaba sucediendo me preguntó si me sentía capacitado para poder ejercer la labor de vocal, a lo que contesté que sí, muy capacitado y con muchas ganas de aportar mi granito de arena. (...) El ejecutivo expresó que no había ningún problema".
Asimismo, el recurso relata que el día 24 Guillermo constituyó la mesa y firmó su asistencia, pero el sentimiento de emoción cambiaría al día siguiente, cuando "el delegado electoral Sr. Eric Pérez le comunica a la presidenta de la mesa 89V que yo por ser ciego, no podía desempeñarme como vocal de mesa porque una ley lo impedía. Esto no me fue informado el día anterior".
Tras aquello, Guillermo solo pudo participar como ayudante, "desconociéndose mi calidad de vocal y por consiguiente también se me privó del derecho de percibir el bono".
La situación fue calificada como "arbitraria e ilegal" por el abogado Luis Cuello, patrocinador del recurso, quien sostuvo que lo ocurrido "vulnera abiertamente la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad".
Igualdad ante la ley
El jurista agregó que "El delegado electoral invocó una ley que prohibe que las personas no videntes ejerzan como vocales, sin embargo, esa norma es contraria a la Constitución, pues vulnera la igualdad ante la ley al hacer diferencias por motivos de discapacidad. Luego, es una norma antigua, de 1988, que estimamos fue derogada tácitamente por suscripción de los tratados internacionales ratificados por Chile en materia de discapacidad", planteó Cuello.