Vecinos del cerro Cordillera recurrirán a la Corte Suprema por ascensores
Debido a la pandemia, la Municipalidad de Valparaíso cerró temporalmente los elevadores San Agustín y Cordillera. JJ.VV. 79 de dicho sector interpuso recurso de protección que rechazó la Corte de Apelaciones porteña.
El viernes pasado la Unidad Vecinal 79 del cerro Cordillera, a través de su presidente Eduardo Cueto y el abogado patrocinante Esteban Elortegui, interpuso una medida de protección en contra de la Municipalidad de Valparaíso y en la persona de su alcalde Jorge Sharp por actos ilegales y arbitrarios debido al cierre de los ascensores Cordillera y San Agustín.
"La disposición del municipio porteño de cesar el transporte público de ascensores, que administra, coloca en riesgo, entorpeciendo para algunos e impidiendo para muchos de los vecinos y vecinas del Cerro Cordillera el normal desenvolvimiento de las actividades esenciales para su vida y subsistencia en medio de la pandemia, como lo constituyen, entre otras, acudir al CESFAM Plaza de Justicia, abastecerse de alimentación y proveerse de remedios en el plan de la ciudad, acudir al cobro de su jubilación y beneficios sociales en bancos e instituciones previsionales", expresa el documento legal. Éste considera privación, perturbación y amenaza en el ejercicio de los derechos fundamentales de los vecinos.
ILógico
"Que el funcionamiento de los ascensores Cordillera y San Agustín se encuentre suspendido por parte de la Municipalidad de Valparaíso es -además de ilegal- arbitrario, por cuanto carece de razonabilidad y lógica", sostiene el dirigente Eduardo Cueto.
El vecino además agrega que "sucede que se esgrimen supuestas razones sanitarias en función de la pandemia, para impedir el uso de los ascensores, en orden a evitar aglomeraciones y contacto entre las personas, empero esta argumentación es ilógica y raya en lo falaz, toda vez que los riesgos hacia la seguridad, integridad y vida de los habitantes del cerro Cordillera se incrementan fuertemente mientras los ascensores no funcionen, ya que obliga a los vecinos a trasladarse vía transporte público en que el riesgo -por mucho que se tomen medidas de resguardo- es muy alto, o bien lisa y llanamente impide el desplazamiento de los residentes en situación de vulnerabilidad para realizar actividades imprescindibles en el Plan".
En el escrito además se sostiene que "los ascensores no acarrean los peligros que sí inexorablemente presenta hoy esperar un bus o subirse a un taxi colectivo; además que fácilmente se pueden arbitrar todas las medidas de seguridad y la obtención del distanciamiento social, ya sea en el trayecto que conduce al carro, o bien en el interior de estos".
A la suprema
"Por si fuera poco, la decisión municipal es discriminatoria, transgrede la garantía de la igualdad ante la ley, la que asegura a todas las personas la igual protección de la ley en el ejercicio de sus derechos", expresa el abogado Esteban Elórtegui. No obstante la tarde del lunes la Corte de Apelaciones declaró no admisible el recurso de protección.
"No siendo resorte de los Tribunales de Justicia determinar o establecer tales políticas publicas, excediendo por ello, el recurso en análisis, a los fines y naturaleza de este mecanismo expedito y de excepción y visto lo dispuesto en el numeral 2 de Auto Acorado de la Excma. Corte Suprema , se declara inadmisible el recurso de protección interpuesto", respondió la Corte de Apelaciones, por este motivo acudirán a la Corte Suprema por la reapertura de los ascensores, los cuales se encuentran cerrados en todo Valparaíso.