Corte exige mayor coordinación para mejorar entorno del Cardonal
En fallo unánime la tercera sala acogió recurso interpuesto por comunidad de copropietarios. Declara además ilegal el actuar del municipio, la Gobernación y la Seremi de Salud.
"Nosotros vamos a estar conformes cuando las autoridades procedan". Así reaccionó el presidente del Comité de Administración de la comunidad de Copropietarios Edificio Mercado Cardonal, Juan Gaete, al ser consultado por el fallo unánime de la Corte de Apelaciones que acogió el recurso de protección que interpusieran en contra de la municipalidad de Valparaíso; la Secretaría Regional Ministerial de Salud; y de la Gobernación Provincial.
El dirigente, si bien se mostró satisfecho con la resolución favorable a los intereses de la comunidad, planteó que lo que resulta urgente son acciones concretas que permitan mejorar las condiciones de limpieza, orden y seguridad en los alrededores del mercado.
"El problema es que siguen los ambulantes alrededor del mercado, la venta de todo tipo de cosas y nadie hace nada (...) Necesitamos acciones concretas, por eso nosotros entramos en gastos de abogado, para poder llegar a una solución definitiva", acotó Gaete, precisando que no tienen otra opción para poder mejorar el entorno del tradicional mercado porteño.
El dirigente recordó que esta situación se arrastra hace años y que siempre se ha planteado la opción de conformar una mesa de trabajo, situación que hasta ahora no se ha concretado.
Unánime
En fallo unánime, la tercera Sala de la Corte de Apelaciones de Valparaíso acogió el recurso de protección interpuesto por la comunidad de Copropietarios Edificio Mercado Cardonal en contra de la municipalidad de Valparaíso; la Seremi de Salud de Valparaíso; y la Gobernación Provincial.
El fallo declaró "ilegal el actuar de los recurridos" y "que resulta evidente que la falta de coordinación ha tenido como consecuencia la afectación de la integridad psíquica de los recurrentes, y de su derecho a usar y gozar de manera plena su patrimonio (...) por lo que el recurso de protección será acogido".
La acción judicial, que fue patrocinada por el abogado Rodrigo Díaz Yubero, da cuenta de los graves problemas existentes en el entorno del mercado, lugar en el que de acuerdo a los recurrentes "existe una situación de proliferación abusiva del comercio ambulante e informal a un nivel que sobrepasa todos los límites de la convivencia, con ningún respeto por los transeúntes, con comerciantes ambulantes que se creen dueños de las calles, y con fenómenos que dicho comercio esconde en su interior tales como actividades delictuales de toda índole".
El documento presentado por el abogado se agrega que "existe además un gran desorden, desaseo, basuras y presencia de líquidos malolientes, lo que genera focos de insalubridad a causa del comercio ambulante dedicado a la elaboración y/o expendio de alimentos, tales como productos del mar, frutas y verduras, lácteos, empanadas, sopaipillas, entre otros", y sin que haya habido ninguna acción por parte de las autoridades llamadas a poner freno a estas conductas.
"Lo que significa en términos prácticos el fallo es que se señala la obligación que tienen los recurridos de llevar adelante acciones previamente coordinadas para el logro de los fines (...) El señalar la escasez de medios no puede ser una excusa atendible para que no se lleve adelante acciones para cautelar los derechos y garantías para los que trabajan formalmente en el mercado", precisó el abogado.
La Corte, en su fallo de fecha 26 de agosto de 2019, causa Rol 10.807-2019, dio por establecido que si bien es cierto, conforme a la prueba rendida, ésta "da cuenta de la existencia de operativos y de medidas tomadas para terminar con la situación denunciada… la permanencia en el tiempo de las conductas denunciadas da cuenta que la actividad desplegada por las autoridades recurridas no resulta suficiente y debe mejorarse".
Finalmente, la Corte ordena en su fallo a las recurridas "establecer mecanismos de coordinación más eficientes de las actividades que desarrollan, designando cada una de ellas personal determinado como responsable del éxito de los referidos mecanismos, tendientes a poner fin al comercio ilegítimo en los alrededores del Mercado Cardonal; a la acumulación excesiva de basura y líquidos insalubres; y a la ocupación abusiva de los bienes nacionales de uso público que lo rodean".
Cabe recordar que en febrero pasado, la Corte de Apelaciones de Valparaíso acogió también de manera unánime un recurso de protección interpuesto por los vecinos de la Plaza Aníbal Pinto ordenando fiscalizar ruidos molestos en esta zona.