Corte revocó fallo y "Burro Manolo" quedó preso
Juzgado de Garantía le había otorgado la libertad tras ser arrestado junto a su banda de narcotraficantes en Playa Ancha el fin de semana.
En un fallo dividido ayer la Corte de Apelaciones de Valparaíso revocó la decisión del Tribunal de Garantía porteño, que había otorgado la libertad a una banda de narcotraficantes liderada por el "Burro Manolo". De esta forma el antisocial y dos coimputados quedaron en prisión preventiva durante los cuatro meses de plazo de la investigación.
Tras dos meses de pesquisas, el pasado fin de semana la Brigada Antinarcóticos y Contra el Crimen Organizado (Brianco) allanó tres inmuebles en las poblaciones Miramar y Viento Sur de Playa Ancha. En el operativo se recuperaron medio kilo de pasta base de cocaína avaluada en más de diez millones de pesos, dinero en efectivo, armamento, municiones y dos vehículos. En el lugar se detuvo a tres personas. Un cuarto implicado fue arrestado en un control de Carabineros.
El cabecilla del grupo es M.A.A.F., 40 años, alías "Burro Manolo", con antecedentes por infracción a la ley de drogas y de control de armas. El sujeto también es investigado por la Brigada de Homicidios por su participación en la balacera ocurrida el 1° de mayo de 2017 en la avenida La Marina, en compañía de otro antisocial ya preso como es el "Huaso Jan", así como por una "mexicana" o quitada de drogas que terminó con un falle- cido en Placilla.
Desproporcionado
La jueza de garantía, Marisol González, consideró que por el tráfico de drogas era "desproporcionado y exagerado" que los imputados quedaran recluidos, y determinó la libertad, pero la Fiscalía apeló verbalmente a la Corte. Ayer tras los alegatos la cuarta sala con los votos a favor del ministro Alejandro García y el abogado integrante Juan Carlos Ferrada, y el voto en contra del ministro Pablo Droppelmann, anuló la decisión de la jueza de garantía, y determinó la medida cautelar de prisión preventiva para "Burro Manolo" y otros dos imputados.
Para invalidar la decisión del tribunal de primera instancia, en el fallo se fundamenta que se consideraron "las escuchas telefónicas, los antecedentes en que aparecen los imputados realizando las actividades ilícitas; los informes policiales y seguimiento, que serían consistentes con estas escuchas, la droga incautada, las armas y el dinero que vinculan a los imputados con los hechos señalados".