Conozca 7 pasos legales antes de firmar contrato
Poca gente sabe que un empleador tiene un plazo de 15 días como máximo- contados desde la fecha en que el trabajador se incorporó a la organización- para escriturar el respectivo contrato laboral. C omo tampoco saben que la falta de ese documento además de originar multas para el empleador, hace presumir legalmente que son estipulaciones del contrato las que declare el trabajador.
Por ello, Carmen Gloria Barrera, abogada del estudio jurídico www.legalidades.cl, explica que la legislación laboral menciona que el contrato de trabajo es algo consensual, es decir, que se perfecciona por el sólo consentimiento o acuerdo de ambas partes.
Por ello la profesional explica las exigencias para ese importante documento. El primero es el lugar y la fecha del contrato, que deben ser exactos.
Además debe contar con la individualización de las partes, con indicación de la nacionalidad y fecha de nacimiento e ingreso del trabajador.
También se debe determinar la naturaleza de los servicios y del lugar o ciudad donde deban prestarse.
"Una de las cosas más importantes, relativas al trabajo que debe desempeñar una persona, es saber qué labores realizará y dónde las ejecutará", explica Barrera. Esto debido a que el Código del Trabajo permite al empleador, en forma excepcional, alterar el contrato de trabajo de manera unilateral y sin la voluntad del trabajador.
Sueldo y plazos
Monto, forma y período de pago de la remuneración acordada es básico que esté dentro del contrato. Además, es necesario señalar que el pago de la remuneración no puede exceder el plazo de un mes, desde que el trabajador prestó sus servicios.
También tiene que estar la duración y distribución de la jornada de trabajo, salvo que en la empresa existiere el sistema de trabajo por turno. J